Martes, 19 de Octubre de 2010.
El B.O.E ha publicado hoy una Resolución de 7 de octubre de 2010, de la Dirección General de Política Agraria Comunitaria, por la que se establecen los límites máximos a percibir de la indemnización compensatoria en zonas de montaña y en zonas distintas de las de montaña, correspondiente al año 2010.
La cuantía máxima por titular de explotación en concepto de indemnización compensatoria por las dificultades naturales en zonas de montaña y por las dificultades en zonas distintas de las de montaña, queda fijada en los siguientes importes:
– 1.800 euros para los agricultores con explotaciones en zonas de montaña.
– 1.600 euros para los agricultores con explotaciones en zonas distintas de las de montaña.
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